Los informes periciales pueden presentarse en diversos procedimientos: separaciones, custodias, modificación de medidas, incapacidades, violencia, etc. Su objetivo es aportar conocimiento técnico que apoye la petición al juzgado que está llevando a cabo el abogado. En este artículo tomaremos como ejemplo la petición de una pericial para un divorcio, con el ánimo de ilustrar lo cuál es su labor y función.
¿En qué consiste un informe pericial psicológico en un divorcio?
El psicólogo forense es un técnico especializado que evalúa las características psicológicas de las personas (sus actitudes, aptitudes, comportamientos, dimensiones de personalidad, capacidades cognitivas y trastornos psicológicos) con objeto de elaborar un informe pericial psicológico. Por tanto, es un profesional que inscribe su conocimiento de Psicología en la aplicación del Derecho (Civil, Penal, Laboral, etc). Se llama forense al provenir de la palabra foro que, hoy en día, definiríamos como el sitio en que los tribunales oyen y determinan las causas, y en época romana era la plaza donde se trataban los negocios públicos y donde el pretor celebraba los juicios.
¿Qué papel tiene un psicólogo forense en un divorcio?
El encargo más frecuente a un psicólogo forense es la realización de un informe pericial que acompañe a la Demanda de Divorcio del abogado. Este informe debe razonar y demostrar, de forma técnica, la capacidad del peritado para hacerse cargo de la labor de cuidado y educación de los hijos habidos en la relación ahora rota.
Para llevar a cabo esta tarea utiliza como herramientas las entrevistas a los peritados, el estudio de los informes académicos, sociales, psicológicos y médicos que afecten al objeto de la pericia, los test o pruebas de personalidad y de habilidades parentales y la observación de la conducta de los padres con sus hijos.
A la hora del juicio el psicólogo forense asistirá a la vista acompañando al abogado para defender su informe, sobre el cual ambos letrados, el Ministerio Fiscal y el Juez le podrán hacer preguntas para ampliar o matizar lo recogido por escrito.
¿Qué se debe argumentar en un informe psicológico o pericial psicológica para pedir la custodia compartida?
El principio psicojurídico que gobierna toda acción en un divorcio es el interés del menor. Este interés se entiende, dentro de un concepto laxo y difuso, como todas aquellas decisiones que se tomen en la dirección de favorecer el desarrollo del menor en todas las áreas de su vida (académicas, familiares, sociales, etc.).
No existe un conjunto de criterios que permitan al Juez determinar qué debe ser tenido en cuenta y qué no y, ni mucho menos, en qué orden de importancia.
A lo largo de mis libros, conferencias y docencia he recordado que existen dos elementos fundamentales que la psicología ha destacado como variables imprescindibles a tener en cuenta: el alejamiento de los niños del conflicto adulto y el mantenimiento de sus vínculos emocionales previos a la ruptura. Decenas de estudios científicos, técnicamente contrastados y revisados refieren que estos dos elementos son pilares fundamentales para que el menor disfrute de la mejor situación emocional tras el divorcio. Tan relevantes son estas variables que se pueden considerar variables predictivas de tal suerte que, cuanto más conflicto viva el menor, en peor situación se encontrará tras la ruptura de la relación de sus progenitores. Las investigaciones han concluido que las parejas sin conflicto consideran más positivamente a sus hijos, llegan a más acuerdos entre ellos sobre los problemas que les afectan y se reparten más su cuidado. Así mismo, los niños desarrollan un apego más seguro y mayores habilidades sociales.
Los vínculos emocionales, y en concreto el apego, es la relación especial que el niño establece con otro sujeto a través de las acciones y actividades que comparten. El primero en desarrollar una teoría del apego fue Bowlby en el año 1969, con posteriores revisiones en los años 1973 y 1980. Con ella pretendió explicar y describir, desde un enfoque evolucionista, de qué modo los niños se convierten en personas emocionalmente apegadas a sus cuidadores y, por el contrario, angustiadas cuando son separados de ellos. Bowlby sostenía que el sistema de apego está compuesto por tendencias conductuales y emocionales diseñadas para mantener a los niños cerca de sus cuidadores. Mantenerse cerca de los cuidadores ayudaría a protegerlos de algún peligro o ataque. Los niños que poseen estas tendencias de apego, tendrían mayor probabilidad de sobrevivir, de llegar a la edad reproductiva y traspasar estas tendencias a futuras generaciones. Figuras significativas para el niño son sus padres, pero también sus abuelos, tíos, primos y amigos y compañeros de colegio.
Finalmente, la práctica anterior de los progenitores, sus aptitudes personales al respecto de la crianza, los deseos manifestados por los menores competentes, el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos, los acuerdos adoptados por los progenitores y la ubicación de los domicilios respectivos son variables que completarían nuestro dictamen.